En sucesivos despachos, los legisladores porteños aprobaron con 56 votos afirmativos, por unanimidad de los presentes en el recinto, tres normas que actualizan la ley de Exhibición y Publicidad de Precios en lo referido garajes y estacionamientos, en lugares de ventas de alimentos frescos, aclaraciones sobre la estacionalidad de las frutas y verduras y la libertad que deben tener los clientes de poder tomar notas, fotografías o filmaciones de productos y precios en los supermercados.
En primer término, por iniciativa del diputado Claudio Cingolani (VJ), se modificó el artículo 15 de la ley 4.827, para dejar claramente establecido que, cuando alguien deja estacionado un vehículo, «los garajes o playas de estacionamiento deben entregar a los clientes obligatoriamente un comprobante que indique el horario de apertura y cierre, la dirección y el teléfono del establecimiento», a los efectos de permitir a los usuarios comunicarse o plantear alguna queja o demanda.
Explicó el diputado Cingolani que «en reiteradas ocasiones existe una suerte de reticencia por para poner a disposición del cliente la información del servicio y por ende los consumidores se ven sorprendidos sin derecho a defensa alguna ante determinada situación. Esto sucede, por ejemplo, cuando el consumidor no está informado del horario de cierre de la playa del estacionamiento y debe pagar el valor de la estadía de 24 horas si encuentra el establecimiento cerrado».
Otra modificación a la ley de Exhibición de Precios fue la de su artículo 10, impulsada por los diputados Inés Gorbea, Marcelo Guouman, Patricia Vischi y Juan Nosiglia (Ev).
«En el caso de las verduras y frutas, junto a la exhibición de precios deberá indicarse si las mismas se encuentran en su correspondiente temporada de estación», se agregó al texto legal, para promover el consumo de vegetales.
Además, propuesto por la Defensoría del Pueblo, se aprobó un agregado al artículo 9 de la misma norma para determinar que los supermercados, hipermercados y autoservicios deberán «abstenerse de realizar cualquier conducta que impida o menoscabe la libertad de los consumidores a tomar nota, y a obtener fotografías y/o videos de los productos y precios exhibidos».
«La Defensoría del Pueblo ha recibido quejas y denuncias que aluden a distintas maniobras mediante las cuales el personal de seguridad o encargados y/o responsables de sucursales de supermercados le prohíben o le impiden a los consumidores sacar fotografías o filmar los precios de los productos exhibidos en las góndolas», señalaron los fundamentos del proyecto aprobado.